Seguro de Convenio Colectivo
Protege a tus trabajadores con el seguro de convenio colectivo de Póliza360
Protege a tu plantilla. Cumple con la normativa. Evita riesgos innecesarios.
Si tienes empleados y tu convenio lo exige, este seguro no es opcional: es una obligación legal. No contratarlo puede derivar en sanciones, reclamaciones e incluso el pago directo de indemnizaciones.
Seguro de Convenio Colectivo
¿Qué es el seguro de convenio colectivo?
Es un seguro que garantiza el pago de indemnizaciones a los trabajadores o sus familias en caso de:
- Accidente laboral
- Enfermedad profesional
- Enfermedad común con consecuencias graves (según convenio)
La empresa no recibe el dinero: la cobertura protege directamente al empleado o sus beneficiarios.
¿Es obligatorio?
Sí, si así lo establece el convenio colectivo aplicable a tu empresa. Esto es habitual —y exigido— en sectores como:
- Construcción
- Transporte
- Hostelería
- Sanidad
- Limpieza
- Industria del metal
- Seguridad
- Comercio y oficinas
Si no está recogido en tu convenio, no es exigible. Pero si ocurre un siniestro y no hay seguro, la empresa debe asumir los costes.
¿A quién cubre?
A todos los empleados contratados bajo el convenio, estén donde estén:
- Oficinas
- Obras
- Almacenes
- Delegaciones
No hace falta listar nombres, solo comunicar el número total de trabajadores.
¿Qué coberturas incluye?
Cada convenio fija unas coberturas mínimas, aunque las más frecuentes son:
- Fallecimiento por accidente o enfermedad
- Incapacidad permanente: parcial, total, absoluta o gran invalidez
- En algunos casos, incapacidad temporal
Algunas pólizas también incluyen: - Asistencia sanitaria
- Gastos de hospitalización
- Gastos de sepelio
Importante: No copies la póliza de otra empresa. Cada seguro debe adaptarse al convenio específico de tu sector, provincia y actividad.
¿Qué pasa si no lo contratas?
- Riesgo de multas e inspecciones
- Posible obligación de pagar indemnizaciones de tu bolsillo
- Responsabilidad legal directa ante cualquier incidente
- Impacto negativo en la imagen y reputación de la empresa
Cumplir con esta obligación no solo es legal, es una muestra de responsabilidad
empresarial.
¿Cuánto cuesta?
El coste depende de varios factores:
- Número de trabajadores asegurados
- Capital exigido por el convenio
- Tipo de actividad (no es lo mismo una obra que una oficina)
- Coberturas adicionales incluidas
En general, es una inversión mínima comparada con los riesgos de no tenerlo.
¿Qué debes hacer ahora?
- Revisa tu convenio colectivo y verifica si obliga a contratar este seguro.
- Consulta con un asesor especializado para confirmar coberturas y capitales
requeridos. - Contrata o actualiza tu póliza según lo que exige el convenio y el tamaño de tu
plantilla.
Solicita información sin compromiso. Te ayudamos a protegerte con una póliza clara, eficaz y ajustada a lo que realmente necesitas.
PÓLIZA 360
Nuestro equipo revisa tu convenio, calcula las coberturas necesarias y te propone la póliza adecuada para tu sector.
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Preguntas frecuentes sobre el seguro de convenio colectivo
Aquí te resolvemos las dudas más comunes. Si tienes alguna pregunta adicional, no dudes en contactarnos. Estamos aquí para ayudarte a elegir la mejor protección para tu negocio.
Sí. El seguro debe revisarse y regularizarse anualmente, ya que la plantilla puede cambiar
(bajas, altas, contratos temporales…).
La aseguradora ajusta el coste real con base en el número medio de trabajadores del año,
según los TC2.
No actualizar el seguro puede suponer un incumplimiento legal por infraseguro.
Revisa el convenio colectivo que aplica a tu empresa. Si exige coberturas por fallecimiento o
incapacidad, estás legalmente obligado.
Cada sector y provincia tiene condiciones distintas.
Tendrás que pagar tú mismo las indemnizaciones. Además, puedes enfrentarte a:
• Multas laborales
• Demandas judiciales
• Daños a la imagen de la empresa
No. Cubre a todos los trabajadores incluidos en el convenio, independientemente de su
puesto o ubicación: técnicos, administrativos, operarios, etc.
No. Solo debes comunicar el número total de empleados asegurados, según la Relación
Nominal de Trabajadores (RNT) de la Seguridad Social.
Lo define el convenio. Generalmente:
• Fallecimiento por accidente o enfermedad
• Incapacidad permanente (total, absoluta o gran invalidez)
• En algunos casos, incapacidad temporal
También se especifican los importes mínimos de indemnización.
Debes revisar y adaptar la póliza:
- A las nuevas condiciones y coberturas
- A los nuevos importes asegurados
- Comunicando los cambios a la aseguradora
De lo contrario, podrías incumplir el nuevo convenio, aunque tengas el seguro en vigor.